Institucional

Jefatura de Gabinete

La figura de Jefe de Gabinete en el ámbito del Gobierno de la Ciudad se crea mediante el Decreto 654/01 remitiendo a los conceptos y definiciones de la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 para el mismo cargo en la órbita nacional.

De acuerdo al mencionado Decreto el Jefe de Gobierno delega en el Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad un conjunto de atribuciones que se vinculan tanto a la administración como a la planificación general de la gestión.

De este modo quedan establecidas para el Jefe de Gabinete las siguientes funciones:

  • Asistir al Jefe de Gobierno en las actividades que aseguren la efectiva realización del Plan General del gobierno
  • Coordinar el proceso de reforma del Estado
  • Coordinar las políticas de perfeccionamiento de la organización y recursos humanos
  • Elaborar instrumentos para la implementación de la reforma administrativa
  • Diseñar, formular e instrumentar programas de evaluación y fortalecimiento de la administración.
  • Asistir al Jefe de Gobierno en el planeamiento y seguimiento de las políticas prioritarias diseñadas como eje de gobierno
  • Coordinar las políticas de la Administración vinculadas con el cumplimiento de los planes de gobierno.
  • Coordinar el diseño de las políticas de perfeccionamiento de la organización y de los recursos humanos.
  • Requerir a las distintas áreas información respecto al cumplimiento de sus programas y actividades y recomendar acciones correctivas que aseguren el cumplimiento de sus objetivos.
  • Entender en la gestión de los programas y actividades prioritarias
  • Diseñar procedimientos de seguimiento y control de resultados de la aplicación de planes, programas, proyectos y políticas.
  • Articular relaciones político institucionales con la comunidad y los partidos políticos.
  • Organizar las estructuras básicas de asistencia técnica y ejecución de convocatoria electoral y el financiamiento de los partidos políticos.
  • Coordina y articula relaciones con el Poder Legislativo, Poder Judicial, con el Estado Nacional y con las demás provincias.